Complemento “carta porte”, miscelánea fiscal 2023

Comunicado CRDP

 

Nueva versión del complemento “carta porte”, contenido en la primera versión anticipada de la octava resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal 2023

 

Estimados Clientes y Amigos,

 

El pasado 20 de octubre, fue publicado en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, en su Primera Versión Anticipada, misma que señala que, el complemento Carta Porte en su versión 3.0, publicado el 25 de septiembre de 2023 en el Portal del SAT, deberá utilizarse a partir del 25 de noviembre de 2023.  Sin embargo, los contribuyentes obligados a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) a los que se les incorpore el complemento Carta Porte, podrán seguir expidiendo dicho complemento en la versión 2.0 hasta el 31 de diciembre de 2023.  

 

Es importante recordar que, la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada el 28 de septiembre de 2022, en el Diario Oficial de la Federación, señala que, se entiende que cumplen con las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de diciembre de 2023 y éste no cuente con la totalidad de los requisitos.

 

Por lo antes expuesto, se precisa que, a partir del 01 de enero de 2024, la versión válida para la emisión de los CFDI´s con complemento Carta Porte será la versión 3.0 y además será obligatorio cumplir con la totalidad de los requisitos contenidos en los diversos “Instructivos de llenado de CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicados en el Portal del SAT. Razón por la que, como parte de nuestra práctica de prevención en materia fiscal, en la Firma recomendamos sea implementada la emisión de dichos CFDI´s a la brevedad, a efecto evitar contingencias o sanciones, una vez que sea obligatoria la versión 3.0 y el correcto llenado de dicho comprobante fiscal, tal es el caso, como ha sucedido con los CFDI´S de nómina, retenciones y pagos, devoluciones, entre otros comprobantes que ya se encuentran implementados en su totalidad por la autoridad fiscal.

 

Finalmente, nuestro equipo de profesionales se encuentra a su disposición para poder asesorar a su empresa, con el propósito de llevar un correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales y prevención de riesgos.

 

En caso de que tengan alguna pregunta o comentario, por favor no duden en contactarnos.

 

Reciban un cordial saludo.

 

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